A los jueces españoles les molesta sobremanera este sistema de selección de los 12 vocales (sobre los 20 totales) de procedencia judicial para el CGPJ
España, ya es bien sabido, forma parte del reducido grupo de democracias que cabe considerar avanzadas según todos los informes emitidos por organismos evaluadores externos (el más reciente, el elaborado por Economist Intelligence Unit, de The Economist, disponible en internet). Esto implica la atribución a nuestra Administración de Justicia de un alto nivel de calidad: contar con una Justicia que desempeñe adecuadamente sus funciones y que sea plenamente independiente constituyen requisitos imprescindibles para que un sistema político pueda ser considerado democráticamente avanzado.
Nuestra Justicia puede, sin lugar a dudas, ser considerada como competente y plenamente independiente. Ahora bien, tiene un serio problema que no parece fácil de resolver: siéndolo, no siempre lo parece; o, dicho de otro modo, la imagen que de la misma trasciende a la ciudadanía suele conllevar con excesiva frecuencia las suficientes dosis de suspicacia y recelo como para desajustarla —en ocasiones seriamente— de lo que es su realidad.
El último tablero evaluativo publicado por la Comisión Europea sobre la situación de la Justicia en los 27 países que ahora conforman la Unión (‘The 2020 EU Justice Scoreboard’) aporta para el caso de España dos datos que pueden probablemente ayudar a entender este relativamente menor, pero siempre erosionante, desajuste entre lo que nuestra Administración de Justicia realmente es y la imagen que de la misma suele predominar en nuestra sociedad.
Nuestra Justicia puede ser considerada como competente y plenamente independiente
Por un lado, su lentitud (es la cuarta europea que más tarda en resolver definitivamente un asunto civil o mercantil, y la tercera que en menor medida logra resolver cada año al menos un número de casos pendientes equivalentes al de casos nuevos ingresados). Pero al mismo tiempo ocurre (como el propio ‘Scoreboard’ señala) que España es el quinto país de la UE con una relación jueces/habitantes más baja: un dato que, sin duda, explica el endémico retraso en su funcionamiento.
Por otro lado, el actual sistema de selección y nombramientos de los integrantes del órgano de Gobierno de la Justicia (el Consejo General del Poder Judicial: CGPJ) propicia una permanente duda ciudadana sobre el grado real de independencia de este organismo (y, por extensión, de la entidad que gobierna: es decir, de la Justicia en su conjunto). Un recelo difuso, permanentemente reforzado por el hecho de que los medios informativos tienden a abordar cuanto concierne a este órgano en clave exclusivamente político-partidista. Se habla de mayoría conservadora o progresista en su seno, de denodados esfuerzos por este o aquel partido de vetar, o proponer, a un determinado miembro de la judicatura como vocal presuponiendo —tan gratuita como, por lo general, erradamente— que su orientación ideológica personal garantiza un comportamiento futuro por su parte de absoluta fidelidad a los intereses de quien le postula.
A los jueces españoles les molesta sobremanera este sistema de selección de los 12 vocales (sobre los 20 totales) de procedencia judicial para el CGPJ: y a todos por igual, por encima de sus respectivas y diversas orientaciones personales, valores, creencias o ideología. Prueba de ello es que ni más ni menos que el 90% de quienes ahora integran nuestra judicatura declara desear el retorno al sistema de nombramientos de vocales primigenio (el de 1980). Probablemente, porque lo recuerdan (35 años después de su sustitución por el ahora vigente) como menos lastrado que el actual por influencias espurias (procedentes del ámbito político o, incluso, de las tres principales asociaciones judiciales, sumamente influyentes) y por completo ajenas a la estricta consideración de la competencia profesional y capacidad gestora de los candidatos.
La idea de que controlando al CGPJ se controla a la Justicia es tan nociva para la imagen social de esta como, en realidad, infundada. Los partidos creen casi ciegamente que así es, y no es verdad. Un análisis sereno de los ya 40 años de funcionamiento del CGPJ muestra que, en la práctica, el historial decisorio de nuestra Justicia no guarda, globalmente, correlación detectable alguna con el hipotético predominio, en su órgano gestor, de una u otra tendencia ideológica. En conjunto, las decisiones cotidianas de los miembros de nuestra judicatura (algo más de 5.300 en la actualidad) no presentan meandros o flujos y reflujos cíclicos que quepa asociar directamente con la orientación que en cada momento se considera predominante en el CGPJ.
Para empezar, lo cierto es que nuestros actuales jueces son social e ideológicamente plurales. En modo alguno constituyen un cuerpo funcionarial monolítico y autísticamente plegado sobre sí mismo o en libre flotación institucional. No existe tal cosa como una «casta judicial»: en la última promoción de la Escuela Judicial, por ejemplo, solamente el 7% de los nuevos jueces tiene algún familiar en la judicatura. Y no existe tampoco un generalizado predominio, en el seno de la judicatura, de un unidireccional sesgo ideológico a contracorriente de la diversidad de orientaciones, valores y preferencias que caracteriza a nuestra sociedad. Los datos disponibles revelan, por el contrario, que la proporción de jueces que se autodefinen como de derecha, de centro o de izquierda no difiere significativamente de la de españoles que también se definen así; y con esas mismas tres orientaciones ideológicas básicas suelen ser asociadas las tres principales asociaciones profesionales de jueces existentes.
Además, y de forma que resulta llamativamente unánime, los jueces españoles declaran algo de máxima importancia: pueden ejercer, y ejercen, su actividad con total independencia. Y —lo que sin duda resulta especialmente significativo— lo afirman con igual rotundidad tanto respecto de su propio caso personal como respecto de lo que perciben en sus compañeros de profesión, con los que a diario interactúan. Y lo dicen con la misma total coincidencia los más jóvenes y los más veteranos, y los que se posicionan en uno u otro punto del arco ideológico.
En la última promoción de la Escuela Judicial, por ejemplo, solamente el 7% de los nuevos jueces tiene algún familiar en la judicatura
Va de suyo que el hecho de que los integrantes de la judicatura se sientan, y sean, plenamente independientes no implica necesariamente la absoluta carencia de presiones o de intentos de presión (y de todo origen, tipo e intensidad) sobre su actividad. Los jueces son conscientes de la existencia de permanentes y variados intentos de condicionar su quehacer; pero indican que, en la práctica, no les llegan y que, en todo caso, no tienen efecto alguno ni sobre ellos individualmente ni, por lo que diariamente perciben, en los demás miembros de la judicatura.
Los jueces españoles se consideran, además —y también unánimemente—, guardianes de promesas: es decir, celadores del cumplimiento efectivo (por los distintos poderes y actores sociales) de las promesas y compromisos que la ciudadanía contrae consigo misma por medio de las normas que promulgan sus representantes legítimamente elegidos. Entienden así que su función es mucho más que arbitral: abarca la salvaguarda última de los derechos y libertades básicos (algo, por cierto, que piensan también ocho de cada diez españoles).
Los jueces son conscientes de la existencia de permanentes y variados intentos de condicionar su quehacer pero indican que no les llegan
No existe, en nuestra Justicia, tentación alguna de intromisión en la vida pública, de judicialización de la política o, incluso, de gobierno —paralelo— de los jueces. Nueve de cada diez jueces afirman que, en temas social y/o políticamente complejos y delicados, lo que realmente ocurre—y cada vez con más frecuencia—es justamente lo contrario: las instancias políticas, en clara dejación de las funciones que en democracia les corresponden, en vez de resolverlos mediante la negociación, las mutuas concesiones y acuerdos, optan por reformularlos en clave forzadamente jurídica para que sean los tribunales quienes tengan que asumir la carga (y el potencial desgaste) de buscarles solución.
Finalmente, existe asimismo una total unanimidad en nuestra judicatura respecto de la contumaz deficiente dotación (en recursos materiales y personales) que padece. Nueve de cada diez jueces terminan concluyendo que, en realidad, todos los gobiernos, con independencia de cuál sea su color político, suelen mostrar más interés por tratar de controlar la Justicia (sin mayor éxito, como parece claro) que por proporcionarle los medios adecuados para su mejor funcionamiento. Quizá, después de todo, esta puede ser una forma extrema de mermar su influencia: no remediar su lentitud propicia un enfriamiento excesivo de la eficacia y del impacto real de sus decisiones.
En la actualidad, nuestra Justicia no es, ciertamente, perfecta. Pero, en conjunto, y por encima de las imperfecciones o disfunciones que puedan aquejarla, es una buena Justicia: tiene mucha mejor salud real que lo que cabría deducir de la imagen que de la misma tantos se empecinan en propagar o, incluso, en generar.
Artículo publicado en: blogs.elconfidencial.com